Investigaciones de la CPI

Actualmente existen 14 situaciones bajo investigación en la Fiscalía de la CPI: Uganda, República Democrática del Congo, República Centroafricana, República Centroafricana II, Darfur (Sudán), Kenia, Libia, Costa de Marfil, Malí, Georgia, Burundi, Bangladesh/Myanmar, Afganistán y Palestina.

La competencia de la Corte 

La CPI solo podrá ejercer su competencia si:

  1. El acusado es ciudadano de un Estado Parte
  2. El crimen fue cometido en el territorio de una Estado Parte
  3. El Consejo de Seguridad de la ONU remitió la situación al Fiscal, más allá de la nacionalidad del responsable o la locación del crimen.
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Activando la competencia de la Corte

Los casos ante la CPI pueden ser iniciados de tres formas

  • por un Estado parte al Estatuto de Roma (por nacionalidad o territorialidad);
  • por una remisión del Consejo de Seguridad de la ONU
  • por la decisión del Fiscal de investigar cierto caso
     

La CPI tendrá competencia únicamente respecto de crímenes cometidos desde 2002 al presente. Para los Estados nuevos, esta solo podrá ejercer su competencia 60 días después de la ratificación; a menos que los Estados soliciten medidas retroactivas

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Llevar a cabo una investigación

Las investigaciones del Fiscal de la CPI consisten en reunir y examinar pruebas, interrogar personas bajo investigación e interrogar víctimas y testigos con el fin de encontrar pruebas sobre la inocencia o la culpabilidad de un sospechoso. El Fiscal envía investigadores a las áreas en donde habrían ocurrido los crímenes para reunir evidencia. Para llevar a cabo sus investigaciones, el Fiscal puede solicitar asistencia de los Estados y organizaciones internacionales.

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