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Todo lo que necesita saber sobre Sudáfrica ante la CPI por el incumplimiento en el arresto de al-Bashir

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CCPI
El 7 de abril, en La Haya, Sudáfrica compareció ante los jueces de la la Corte Penal Internacional (CPI) para explicar la negativa del país en el arresto del presidente y sospechoso de la CPI Omar al-Bashir al asistir a la Cumbre de la Unión Africana en junio de 2015. Aquí encontrará todo lo que necesita saber sobre la audiencia pública de incumplimiento. La sociedad civil y las víctimas de Darfur también asistireron.

El camino hacia La Haya

Al unirse a la CPI en el año 2000, Sudáfrica aceptó respetar el tratado fundacional de la Corte, el Estatuto de Roma, que obliga a los Estados miembros a cooperar plenamente con las investigaciones y procesamientos de la CPI, incluyendo la detención y entrega de personas sometidas a órdenes de arresto.

Las disposiciones del Estatuto de Roma sobre cooperación internacional y asistencia judicial dan a los Estados miembros de la CPI un rol clave dado que la Corte no cuenta con una fuerza policial.

Al aprobar la implementación de la Ley del Estatuto de Roma de la CPI (Ley de la CPI) en 2002, Sudáfrica consolidó su propia posición en el sistema del Estatuto de Roma. La legislación nacional de la CPI garantiza que los Estados puedan enjuiciar eficazmente los crímenes de la CPI en primera instancia, de conformidad con el principio de complementariedad del Estatuto de Roma, y que ​​puedan cooperar plenamente con la Corte.

En 2009 y 2010, la CPI emitió órdenes de arresto contra al-Bashir por los tres crímenes de la CPI: crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio. Si bien Sudán no es un Estado miembro, la Corte obtuvo jurisdicción debido a la resolución del Consejo de Seguridad de la ONU (CSNU) de 2005 que remitió la situación en la región de Darfur, Sudán, a la CPI.

En el momento de la inauguración del presidente sudafricano Jacob Zuma en mayo de 2009, los funcionarios sudafricanos señalaron que Al-Bashir no tendría interés en asistir a la ceremonia dadas las obligaciones del país como Estado miembro a la CPI.

Sin embargo, en una cumbre de la Unión Africana (UA) el mes de julio siguiente, los Estados miembros de la UA, incluyendo Sudáfrica, decidieron que no cooperarían en la detención y entrega del presidente sudanés, alegando que al-Bashir está protegido por las inmunidades diplomáticas mencionadas en el Artículo 98 del Roma Estatuto.

En 2015, al-Bashir asistió a una cumbre de la UA auspiciada por Sudáfrica en Johannesburgo. A pesar de los pedidos de la CPI, así como de las órdenes judiciales internas para ejecutar la orden de arresto contra al-Bashir, solicitadas por la sociedad civil local, las autoridades sudafricanas le permitieron regresar rápidamente a Sudán.

En el litigio subsiguiente iniciado por el Centro de Litigios de África Meridional (SALC, por sus siglas en inglés), tanto la Corte Suprema de Pretoria como la Corte Suprema de Apelación del país concluyeron que la negativa del país para detener a al-Bashir fue ilegal dada la membresía de Sudáfrica al Estatuto de Roma, su ley nacional sobre la CPI y la disposición fundamental del Estatuto sobre la irrelevancia de la capacidad oficial. El artículo 27 Estatuto de Roma prohíbe las inmunidades para los jefes de Estado y altos funcionarios del gobierno.

A finales de 2016, los jueces de la CPI citaron a Sudáfrica para explicar su negativa en el arresto de al Bashir.

 

La inmunidad de los jefes de Estado en el centro de los desafíos

Durante los procedimientos internos sobre la negativa en el arresto de al-Bashir durante la cumbre de la UA, el gobierno sudafricano afirmó que la inmunidad del jefe de Estado bajo el derecho internacional consuetudinario está en conflicto con las obligaciones del Estatuto de Roma. También argumentó que no fue debidamente consultado al momento de los pedidos de la CPI para arrestar y entregar a al-Bashir.

En una declaración adjunta a la notificación (ya rescindida) entregada a la ONU sobre su retirada del Estatuto de Roma, Sudáfrica dijo que su participación en la CPI compromete sus esfuerzos para promover la paz y la seguridad en el continente africano, en particular citando lo que describió como "diferencias fundamentales" entre el continente africano y muchos países miembros de la CPI sobre la cuestión de la inmunidad del jefe de Estado.

La campaña anti-CPI que se están llevando a cabo por algunos, no por todos, los líderes africanos comenzó después de que la CPI emitiera órdenes de arresto contra al-Bashir y ganó impulso cuando se abrieron los casos de la CPI contra los políticos kenianos Uhuru Kenyatta y William Ruto en 2011, quienes se convertirán en el presidente y el vicepresidente de Kenia, respectivamente.

Por lo tanto, el tema de la inmunidad para los jefes de Estado y los altos funcionarios gubernamentales está en el centro de los desafíos actuales.

Consultas e inmunidades en el centro de la audiencia del 7 de abril

El ministro de Justicia de Sudáfrica, Michael Masutha, espera aclarar la cuestión de la aplicación del artículo 97 del Estatuto de Roma, que trata sobre los procesos de consulta en torno a las solicitudes de cooperación de la CPI y el artículo 98 sobre el consentimiento para renunciar a las inmunidades diplomáticas.

El artículo 97 del Estatuto de Roma obliga a los Estados miembros a la CPI a consultar con la Corte si se identifica un problema que podría impedir o prevenir la ejecución de una solicitud de la CPI, como la emitida por Sudáfrica antes de la visita de al-Bashir.

En mayo de 2015, a la luz de la visita prevista de al-Bashir a la cumbre de la UA, el Secretario de la CPI notificó a Sudáfrica no sólo de su obligación de arrestar a al-Bashir, sino también su obligación de consultar con la Corte sobre los retos previstos para ejecutar las órdenes de arresto. Las autoridades de Sudáfrica solicitaron una reunión con funcionarios de la CPI en junio de 2015, en el momento de la cumbre de la UA, para discutir este asunto. En respuesta, la Corte convocó una reunión el 12 de junio de 2015 para escuchar sus preocupaciones.

Al día siguiente de la reunión, la Corte constató que Sudáfrica estaba realmente obligada a llevar a cabo la detención de al-Bashir. Con la obligación establecida por los jueces de la CPI, el 14 de junio de 2015, el SALC presentó una solicitud urgente para que el Tribunal Supremo de Pretoria bloquee la partida de al-Bashir hasta que se pronuncie sobre dicho asunto. Las autoridades de Sudáfrica permitieron que al-Bashir abandonara el país el 15 de junio en medio de audiencias internas para aclarar las obligaciones de Sudáfrica.

Mientras Sudáfrica insistía en que su reunión del 12 de junio de 2015 con los funcionarios de la CPI no constituía una consulta en virtud del artículo 97, el órgano rector de la CPI, la Asamblea de los Estados Partes (AEP), recibió en 2015 las preocupaciones de Sudáfrica de que su derecho de ser escuchado como Estado miembro no había sido honrado. En respuesta, la Mesa de la AEP en 2016 estableció un Grupo de Trabajo sobre la interpretación de los procedimientos de consulta del Artículo 97.

Las discusiones del Grupo de Trabajo del Artículo 97 continuarán hasta 2017. Al momento de entregar su notificación ante la ONU para retirarse de la CPI, Sudáfrica indicó que seguiría participando en este debate.

A pesar de que las solicitudes de algunas organizaciones de la sociedad civil, involucradas en las audiencias a nivel nacional, para realizar presentaciones orales hayan sido rechazadas, han presentado sus puntos de vista por escrito y pretenden asistir a la audiencia. La audiencia será una importante primera oportunidad para que todos sigamos el proceso de incumplimiento en CPI.

 

Próximos pasos: Los Estados deben reforzar la cooperación

Después de la audiencia, los jueces deben decidir si el fracaso sudafricano en el arresto a al-Bashir es una violación de sus obligaciones con el Estatuto de Roma. La decisión de los jueces podría ofrecer una mayor orientación y preparación en las respuestas a las futuras solicitudes de cooperación y hacer que la comunidad internacional piense dos veces antes de cooperar con los sospechosos de crímenes de guerra, de lesa humanidad o genocidio ante la CPI.

Sin embargo, aunque los jueces pueden remitir la cuestión a la AEP y al CSNU, los mecanismos para hacer cumplir la cooperación en estos órganos son extremadamente débiles, o casi inexistentes.

Es importante señalar que los jueces de la CPI han invitado a la ONU a ofrecer su opinión sobre las obligaciones de cooperación de los Estados con respecto a las situaciones remitidas por el CSNU, como la de Darfur, que hasta ahora ha recibido poco apoyo de la ONU tras su remisión. En su decisión de convocar una audiencia por incumplimiento, los jueces también invitaron a todos los Estados miembros a la CPI a presentar sus opiniones sobre la cuestión.

Hasta que no se aborden estos temas, la falta de cooperación y los viajes internacionales de al-Bashir, como su reciente arribo a Jordania, continuarán.

 

La sociedad civil asistió a la audiencia del 7 de abril

La Comisión Internacional de Juristas (CIJ), representada por el juez sudafricano Johann Kriegler, asistió a la audiencia del 7 de abril.

"El caso es crítico para asegurar la efectividad de la CPI como institución. El único medio que la CPI tiene de hacer cumplir sus órdenes es a través de la cooperación de los Estados", dijo Sam Zarifi, Secretario General de la CIJ. "El fracaso en el arresto del presidente Bashir y los subsiguientes esfuerzos por retirarse del Estatuto de Roma de la CPI plantean cuestiones importantes sobre el compromiso de Sudáfrica en la lucha contra la impunidad en África y en el mundo", añadió Zarifi.

La CIJ presentó un escrito ante el Parlamento sudafricano pidiendo a Sudáfrica que siga siendo parte en el Estatuto de Roma de la CPI.

Monica Feltz, Directora Ejecutiva del Proyecto de Justicia Internacional también asistió junto con las víctimas del conflicto de Darfur.

Comuníquese con communications@coalitionfortheicc.org para concertar entrevistas con los expertos de la sociedad civil y las víctimas que asistieron a la audiencia.