Honrando el 20° año del Estatuto de Roma: Argentina es el primer país que firmará los 4 acuerdos de cooperación con la CPI
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Lima / La Haya – La firma de la gama completa de acuerdos de cooperación con la Corte Penal Internacional (CPI) por parte de Argentina es una demostración concreta del compromiso del país con la justicia internacional, dijo hoy la Coalición por la Corte Penal Internacional.
"Con la firma de este acuerdo de cooperación, Argentina fortalece los derechos de los acusados ante la CPI, lo que contribuirá en gran medida a resolver las situaciones por las que los acusados elegibles para la liberación final o interina han terminado con detenciones prolongadas", dijo William R. Pace, Coordinador de la Coalición por la CPI. "Pedimos a otros Estados miembros de la CPI en Latinoamérica y en todo el mundo que sigan el ejemplo de Argentina y suscriban a toda la gama de acuerdos de cooperación con la CPI. Este 20° aniversario del Estatuto de Roma es una oportunidad clave para que los Estados respalden sus declaraciones de apoyo con medidas concretas para mejorar el funcionamiento de la justicia internacional".
Luego de la entrega de un sospechoso a la CPI, hay varias razones que podrían generar una orden judicial para la liberación final de esa persona: la CPI no tiene jurisdicción; el caso contra la persona se considera inadmisible; los cargos no han sido confirmados antes del juicio; o la persona ha sido absuelta en el juicio o en apelación.
"En nombre de los 1350 miembros de PGA en 142 países, celebro la firma de los acuerdos de cooperación con la CPI sobre la liberación provisional y la liberación de personas por parte de Argentina, ambos acuerdos son esenciales para el respeto de los derechos del acusado y de los condenados. Al haber implementado plenamente el Estatuto de Roma y firmado los cuatro acuerdos de cooperación con la CPI, Argentina está cumpliendo un papel ejemplar no sólo en Latinoamérica, sino en toda la comunidad mundial", declaró la Dip. Carla Pitiot en nombre de los miembros de Parlamentarios para la Acción Global.
Argentina es el segundo país, después de Bélgica en 2014, que suscribió a un acuerdo marco para acoger a los acusados con libertad provisional, lo que transforma al Estado en el primero en suscribir a los cuatro acuerdos de la Corte. Previamente, Argentina había firmado un acuerdo de cooperación para la reubicación de testigos de la CPI en 2016, y uno sobre la ejecución de sentencias de CPI en 2017.
"Con la firma de estos acuerdos de cooperación, Argentina fortalece los derechos de los acusados ante la CPI, lo que contribuirá en gran medida a resolver las situaciones por las que los acusados elegibles para la liberación final o interina han terminado en detención prolongada", expresó Michelle Reyes Milk, Coordinadora Regional para las Américas de la Coalición por la CPI.
La liberación provisional o temporal puede ordenarse por motivos relacionados con períodos no razonables de detención antes del inicio del juicio o porque la necesidad de detención no se presenta, es decir, como medio para asegurar la comparecencia en el juicio; para asegurar que no exista obstrucción o peligro en una investigación o procedimiento; y para prevenir la continua comisión de crímenes relacionados con el Estatuto de Roma. Hasta ahora, la liberación interina sólo se ha ordenado en casos de obstrucción de la justicia ("Artículo 70").
"Los acuerdos de cooperación voluntaria apoyan una serie de objetivos perseguidos por los Estados Partes, incluyendo la complementariedad, ya que los acuerdos son instrumentos negociados individualmente que tienen en cuenta las necesidades y las realidades de cada Estado Parte, al tiempo que presentan oportunidades para desarrollar capacidades a nivel nacional. También apoyan la eficiencia de la Corte, ya que la falta de acuerdos puede dar lugar a retrasos en los procedimientos judiciales, detención preventiva prolongada para los acusados y a la incapacidad de la Corte para implementar órdenes judiciales", expresó Aurélie Roche-Mair, directora del Programa de la CPI e DPI de la IBA. "Esperamos que los Estados Partes que aún no hayan suscripto a acuerdos voluntarios respondan a los pedidos de la Corte para cumplir con esta forma crucial de cooperación, particularmente en relación con la ejecución de condenas, la liberación provisional y la reubicación de personas liberadas por la Corte".
Los Estados miembros deben cubrir la brecha de ejecución
Cuando se aprobó el Estatuto de Roma en 1998 y se decidió que la CPI no tendría facultades coercitivas propias, recayó automáticamente en los Estados miembros la responsabilidad de asegurar que el cumplimiento de las funciones fiscales y judiciales de la Corte, incluso en relación con la protección de las personas y la ejecución de decisiones judiciales y sentencias.
A pesar de no ser obligaciones estrictas, los Estados miembros de la CPI han reconocido que la reubicación de las víctimas amenazadas, la ejecución de las sentencias dictadas por la Corte y la acogida de personas liberadas son funciones esenciales que la Corte no puede llevar a cabo por sí misma.
En 2007, la Asamblea de los Estados Partes al Estatuto de Roma (AEP) adoptó 66 recomendaciones de cooperación que incluyen la orientación de los Estados miembros sobre cómo crear un marco global para ayudar a la Corte a llevar a cabo algunas de sus actividades más importantes y defender los derechos y normas fundamentales para las víctimas y los acusados por igual.
La AEP adoptó durante su sesión anual de 2015, sobre la base de los desafíos y las lecciones aprendidas en la implementación de las 66 recomendaciones originales, siete recomendaciones clave. Lea más aquí
Acerca de la CPI
La CPI es la primera corte internacional permanente del mundo con jurisdicción sobre crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio. Un elemento central del mandato de la Corte es el principio de complementariedad, que establece que la Corte sólo intervendrá si los sistemas jurídicos nacionales no pueden o no quieren investigar y enjuiciar a los autores de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. El sistema innovador establecido por el Estatuto de Roma es uno de los avances históricos más importantes en la protección de los derechos humanos del mundo y está diseñado para castigar a los perpetradores, llevar justicia a las víctimas y contribuir a sociedades estables y pacíficas. La Corte ha logrado avances significativos a la hora de llevar ante la justicia a los principales responsables de las peores atrocidades. Las víctimas ya están recibiendo ayuda para reconstruir sus vidas. Pero el acceso global a la justicia sigue siendo desigual, y muchos gobiernos continúan negando la jurisdicción de la CPI donde más se la necesita.
Sobre nosotros
La Coalición por la CPI es una red de 2.500 organizaciones de la sociedad civil, pequeñas y grandes, de 150 países que luchan para lograr justicia por crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio hace más de 20 años. Hicimos que la justicia internacional suceda; ahora la estamos haciendo funcionar. www.coalitionfortheicc.org